Las empresas grandes e incluso medianas y con importantes beneficios hacen lo que sea para intentar eludir el pago de impuestos, algo que incluso asumimos día a día sin intentar fremediar esta ilegalidad o al menos amoralidad. Es cierto que las empresas grandes son las menos en el total del tejido empresarial de España, y que más del 90% de las empresas de este país son Pymes, pero el grueso de los beneficios recaen sobre las grandes empresas, muchas de ellas multinacionales. Intentan como primera medida deslocalizar su sede social hacia países con cargas impositivas menores, con independencia de donde realmente hacen su actividad.
¿Cómo actúan estas para no pagar lo que deberían pagar?
Todo se basa en la disparidad de tipos impositivos que existen en Europa. Todas las grandes empresas (hablamos por ejemplo de Apple, Ikea, Google, el volumen de negocio es abismal, y abisal) intentan tributar en Irlanda que en donde en vez de tener que pagar un 30% de impuesto sobre sociedades pagan un 12,5%.
Voy a simplificar mucho el planteamiento:
1º: Lo que sería normal.
Una empresa que vende su producto en España, obtiene un beneficio en España, y por tanto paga el impuesto en España.
2º: Lo que se hace.
En primer lugar se montan tres empresas. Una en España, y dos en Irlanda.
La empresa que se dedica a vender el producto o servicio en España se instaura como comisionista. Es decir, que los beneficios que genera los pone a nombre una de las empresas que se han creado en Irlanda.
Supongamos que la empresa en España genera 1000 euros de beneficio. Se entiende que los 1000 euros son en realidad de la empresa Irlandesa, y que la Española era un mero intermediario. 100 euros se quedan en España y 900 se van para la empresa “raíz” en Irlanda. De esta forma en vez de pagar los 1000 euros al 30%, pagas solo 100 euros al 30% y 900 al 12,5%.
Pero aun hay más. En Irlanda si tienes una empresa y el titular no es residente en Irlanda, simplemente no paga impuestos. De esta forma se utiliza la segunda empresa en Irlanda para gestionar los royalties (beneficios por el derecho de la marca). Y como en esta segunda empresa el titular no reside en Irlanda, no paga impuestos. Si suponemos que se desvía un 50% del beneficio, la empresa en total estaría pagando solo el 12,5% de 450 euros.
En total, de 1000 euros, paga menos de 100 euros. Un 10% del total. En la realidad he llegado a leer que este porcentaje de tributación total puede llegar a ser el 4%. Una pasada.
¿Cómo solucionarlo?
Pues parece que la solución ya se está negociando, así no estamos hablando de ningún mundo perdido en la nube. La nueva normativa estima un sistema de imputación del beneficio al margen de donde resida el titular o toda esa serie de elementos que solo sirven para eludir el pago.
Es establece un porcentaje del beneficio a un determinado país por variables reales, a saber:
- Un tercio por los empleados. Número y coste laboral.
- Un tercio por activos reales.
- Un tercio por ventas.
De esta forma, si IPocakea (empresa que no existe y que empleamos como ejemplo) tiene el 90% de sus empleados (dedicados a vender en España) dentro de España, y el 90% de sus activos en forma de fábricas o de almacenes o de camiones y genera en España el 100% de sus ventas (lo que es normal) sería:
1/3 * 0.9 + 1/3*0,9 + 1/3 = 2,8/3
De esta forma, los beneficios que se imputan a España serán de 933 euros, y pagaría el 30% sobre esa cantidad. Mucho más realista.
Claro que todo esto solo se puede basar bajo una normativa europea, pero como digo parece que se está trabajando en ello muy seriamente. El tema no es baladí, y los países, muy endeudados, están cansados de ver como grandes sumas de dinero se pierden por el mar.