Durante unos años en la España que quería recobrar la libertad, en toda la década de 1970 con diverso recorrido en el tiempo pues fueron diez años con muchas diferencias en el grado de libertad, se fueron produciendo un aumento en el número de publicaciones en los quioscos con diversos ejemplos de destape, erotismo, sexo o pornografía. Era tal el crecimiento que en los años finales de la década de los 70 la mitad del espacio físico de los quioscos eran ocupados por revistas o tebeos eróticos o revistas pornográficas.
En el verano del año 1970 nace en España la revista Boccacio editada por José Ilario y Xavier Miserachs que tomó el nombre del autor del Decamerón. Era la primera ventana que intentaba dejar salir algo de erotismo, jugándose con prueba y error su propia supervivencia. Cuando en el año 1976 nace Intervíu las cosas ya parecían mucho más abiertas, simplemente porque el poder entendía que entre libertad política o social, era mejor dar libertad sexual. Entre artículos de opinión laboral era mejor permitir los artículos con chistes de carácter erótico.
El cine también abre muchas puertas al erotismo pero ya en los finales años 70, con el "Landismo" y algunos ejemplos de cine erótico que venía desde Europa o los EEUU y que en España se empezaba a ver o a escondidas o en el sur de Francia.
Pero mientras en España tenemos que esperar a la muerte del Dictador para que se abra definitivamente la prensa por mucho que la famosa Ley Fraga de 1966, la 14/1966 conocida como Ley de Prensa e Imprenta es capaz de intentar abrir levemente las ventanas en plena dictadura, movido el sistema por lo ue ya ea inevitable desde Europa. En realidad aquella Ley era tramposa pues simplemente establecía sanciones para quien escriba o publique lo que se considere contrario a los Principios Fundamentales del Movimiento y el ordenamiento jurídico general del franquismo, a la moral o al Orden Público. Parecía que abría las puertas pero en ella estaba el Gobierno (ya sin censura, decía) enseñando el palo gordo con el que secuestrar publicaciones y encarcelar a los editores. La autocensura la tenía que poner el editor y los periodistas.
Hasta abril de 1977 no se cambió aquella Ley de Prensa e Imprenta por una más democrática, habiendo pasado más de un año de la muerte del Dictador. El inicio de aquella Ley de Prensa de 1966 era este:
Uno. El derecho a la libertad de expresión de las ideas reconocido a los españoles en el artículo doce de su Fuero se ejercitará cuando aquéllas se difundan a través de impresos, conforme a lo dispuesto en dicho Fuero y en la presente Ley.
Dos. Asimismo se ajustará a lo establecido en esta Ley el ejercicio del derecho a la difusión de cualesquiera informaciones por medio de impresos.
La libertad de expresión y el derecho a la difusión de informaciones, reconocidas en el artículo primero, no tendrán más limitaciones que las impuestas por las leyes. Son limitaciones: el respeto a la verdad y a la moral; el acatamiento a la Ley de Principios del Movimiento Nacional y demás Leyes Fundamentales; las exigencias de la defensa Nacional, de la seguridad del Estado y del mantenimiento del orden público interior y la paz exterior; el debido respeto a la Instituciones y a las personas en la crítica de la acción política y administrativa; la independencia de los Tribunales, y la salvaguardia de la intimidad y del honor personal y familiar.
Dos. Asimismo se ajustará a lo establecido en esta Ley el ejercicio del derecho a la difusión de cualesquiera informaciones por medio de impresos.
La libertad de expresión y el derecho a la difusión de informaciones, reconocidas en el artículo primero, no tendrán más limitaciones que las impuestas por las leyes. Son limitaciones: el respeto a la verdad y a la moral; el acatamiento a la Ley de Principios del Movimiento Nacional y demás Leyes Fundamentales; las exigencias de la defensa Nacional, de la seguridad del Estado y del mantenimiento del orden público interior y la paz exterior; el debido respeto a la Instituciones y a las personas en la crítica de la acción política y administrativa; la independencia de los Tribunales, y la salvaguardia de la intimidad y del honor personal y familiar.
El caso es que por ejemplo en México ya se tenía una libertad en publicaciones eróticas que no teníamos en España y un ejemplo pequeño es el que vemos arriba, del año 1970 de la colección de libritos: "El sexo me da risa" y que empezaron a publicarse en 1966.